Centro de Formación SAE Empresa Certificada por AENOR
Tenemos la respuesta a las preguntas que con más frecuencia nos hacen sobre la Formación Continua Bonificada

Respuestas

¿Qué es la Formación Continua?

La Formación Continua es un instrumento imprescindible en la gestión empresarial que permite a los trabajadores de una empresa actualizar conocimientos haciéndolos más competitivos, redundando así en una empresa mejor preparada para el mercado de trabajo globalizado en el que nos encontramos inmersos. Arriba

¿Qué es la Formación Continua Bonificada para empresas?

Toda empresa del territorio nacional que esté al corriente de los pagos con la Administración Pública y cotice por sus trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social tiene asignada una cuota destinada a la formación de sus trabajadores en forma de bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social, con lo que la formación tiene un coste 0€. Arriba

¿Qué normas regulan la formación bonificada?

El modelo de Formación Continua para empresas (Real Decreto 395/2007) queda regulado por la Orden TAS 2307/2007 y establece que todas las empresas que tengan su centro de trabajo en el territorio español, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, coticen por la contingencia de formación profesional y estén al corriente del pago en la Seguridad Social y Hacienda, dispondrán de una cuota para la formación continua de sus trabajadores en forma de bonificación en las cotizaciones a la Seguridad Social. Esto quiere decir que el coste de la formación se lo podrá deducir en el pago de los Seguros Sociales. Arriba

¿Qué es una entidad Organizadora?

Centro de Formación SAE es entidad organizadora, lo que lo convierte en un centro especializado en formación de trabajadores, cuya función es asesorar a las empresas durante todo el proceso de formación a sus trabajadores, realizar las tareas de planificación y organización e impartir el curso.

De esta forma, las empresas pueden bonificarse los gastos que ocasione la formación de sus trabajadores sin tener que asumir las gestiones organizativas, administrativas y documentales, ahorrando recursos humanos, tiempo y dinero. Arriba

¿Cuál es la cuota de formación de la que dispone mi empresa?

La cuantía asignada a la empresa resulta de aplicar un porcentaje a la cuantía ingresada el año anterior en concepto de cuota de formación profesional. Este porcentaje se establece cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado en función del número de trabajadores de la empresa. Arriba

Somos una empresa pequeña, ¿disponemos de crédito para formación?

Todas las empresas con al menos un trabajador tienen garantizado un crédito minimo de de 420€. A parti de ahí, las empresas disponen de un mayor importe en función de la plantilla media de trabajadores que haya tenido el año anterior. Arriba

¿Qué crédito tiene mi empresa si nunca ha realizado ningún curso?

Es indiferente que nunca hayan realizado formación. Su empresa dispone de un importe cada año que si no lo invierte en formar a sus trabajadores, se pierde, ya que no se acumula año tras año. Por lo que le recomendamos que no deje pasar esta oportunidad. Arriba

El año pasado no gasté todo el crédito de formación, ¿podré usarlo junto con el de este año?

No. La vigencia de este crédito es anual (de enero a diciembre) y no es acumulable de un año para otro. Así que si no lo aprovecha, perderá la ocasión de formar a sus trabajadores gratuitamente. Arriba

¿Qué documentación tiene que aportar la empresa?

Tan sólo tiene que hacernos llegar debidamente cumplimentados los impresos del Anexo de Adhesión al Convenio de Agrupación de Empresas y el de domiciliación bancaria así como la nómina y el DNI de cada trabajador que vaya a realizar la formación. Del resto, nos encargamos nosotros, sin ningún coste para su empresa. Arriba

¿Cuándo se realiza la formación?

La formación se puede hacer a lo largo de todo el año, no hay que esperar convocatorias, excepto para determinados cursos para los que formamos grupos, sino que cuando la empresa quiera puede comenzar el curso que necesite. Arriba

Modalidades de la Formación

La formación puede ser presencial, semipresencial, on-line, a distancia o combinar cualquiera de estas modalidades, dependiendo del tipo de curso y de las necesidades de la empresa. Arriba

¿Qué cursos convienen a mi empresa?

Contamos con una amplia y dinámica oferta de cursos de formación bonificada para cubrir las necesidades formativas de su empresa, adaptados a los cambios sociales, laborales y tecnológicos del momento. Desde cursos de tipo transversal: nuevas tecnologias, internet, dirección de pymes, prevención de riesgos laborales, etc..., hasta cursos dirigidos a sectores específicos, como es el caso de la hostelería, diseñadores gráficos e industriales, etc..

Acceda a nuestra sección de sae INFORMA para ver las últimas novedades de cursos enfocados a las necesidades empresariales, vaya a nuestra sección de cursos o consulte cualquier curso (descripción, objetivos, contenido...) en nuestro campus virtual. Si no encuentra el que desea, contacte con nosotros y buscaremos una solución a sus necesidades. Arriba

¿Que duración tiene los cursos?

La accion formativa no podrá ser inferior, en ningún caso, a 10 horas. Arriba

¿Reciben los trabajadores participantes algún certificado?

Sí, al finalizar cada acción formativa el trabajador recibirá un certificado de realización de la misma, en el que constará la denominacion de la acción, los contenidos fomativos, así como las horas de formación recibidas. Dichos certificados incluirán el emblema del Fondo Social Europeo. Arriba

¿Cuándo se realiza el pago de la formación?

Una vez terminada la formación deberá realizar el pago y después se bonificará. Recuerde que el pago se debe hacer siempre ANTES DE LA BONIFICACION, ya que si no lo hace así, podría estar incurriendo en un delito de fraude ante la Seguridad Social. Arriba

¿Cómo se aplica la bonificación?

Las bonificaciones se podrán aplicar deduciendo el importe de la formación en el Boletín de Cotización a la Seguridad Social del mes siguiente al que finaliza la formación. Arriba

¿Cuándo y cómo se realiza la bonificación?

El importe total de la factura que le remitamos deberá incluirse en concepto de Bonificación por Formación Continua en la casilla 601 del boletín de cotización correspondiente al mes de emisión de la factura el cual se presentará al mes siguiente. Recuerde que debe hacer el pago ANTES DE LA BONIFICACIÓN, para no incurrir en un fraude a la Seguridad Social.

En cualquier caso, le daremos toda la información necesaria a su departamento contable o gestoría par que realicen correctamente la bonificación. Arriba

¿Qué tengo que hacer para poder beneficiarme del crédito que dispone mi empresa y formar a mis trabajadores?

En el apartado de Requisitos tiene expuesto todo el procedimiento a seguir para realizar la formación continua de forma gratuita. En cualquier caso, póngase en contacto con nosotros y le asesoraremos gratuitamente para que no deje pasar esta oportunidad de invertir en su activo más importante, sus trabajadores. Arriba

Si tiene otra pregunta que no esté contemplada, sepa que estamos a su entera disposición para aclararle toda duda que puediera surgirle.

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